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| Tema: 9.- Cosas prohibidas para quien ha entrado en estado Ihram Sáb Dic 06, 2008 9:05 pm | |
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9.- COSAS PROHIBIDAS PARA QUIEN HA ENTRADO EN ESTADO DE IHRAM.
Desde que se coloca las vestimentas del Ihram y pronuncia la intención de comenzar los ritos del Hayy, la persona en estas circunstancias, está sujeta a ciertas normas y debe abstenerse de cosas que son ilícitas mientras permanezcan en los ritos que requieren el Ihram. Estos actos ilícitos son: 1.- Emprender cualquier cosa que conduciría a relaciones íntimas entre los conyuges, como besarse o tocarse con deseo. 2.- Cometer faltas o pecados que llevarían al peregrino a ser negligente, irrespetuoso y desobediente con Allah. 3.- Pasar el tiempo regañando, enfadándose y discutiendo con sus compañeros o empleados. Estos hechos se consideran ilícitos, basándose en el Aya del Quran donde Allah subhana wa ta’ala dice: “Quien en ellos (los meses del Hayy) se decida a peregrinar, deberá abstenerse del contacto sexual, de transgredir y de disputar durante la peregrinación”. (2: 197)*. * En esta aya la palabra “disputar” se refiere al modo de discutir, es decir, que no sea sin conocimiento de causa, sin bases y fundamentos. No se debe discutir sobre aquellos temas que se sabe, claramente de antemano, que son ilícitos. Mientras que si se discute con la finalidad de recuperar un derecho, sería algo deseable, o inclusive un deber hacerlo. Como consta en el Coran donde Allah dice: “Discute con ellos de la mejor forma posible” (16:125). 4.- Para los hombres: No vestir ropas con costura como camisas, capas, túnicas, abrigos o pantalones. Además, no se debe poner nada encima de la cabeza, como turbantes o sombreros, tampoco se deben poner ropas perfumadas y vestir “juffain” (calcetines de cuero que llegan hasta los tobillos), a menos que los corte de manera que llegue debajo de los tobillos, pero son preferibles sandalias planas y sencillas. 5.- Para la mujer, lo contrario, puede vestir todo lo que no se permite a los hombres, a excepción de ropas perfumadas, que siguen siendo prohibidas, así como también no debe cubrirse la cara o usar los guantes con la intención de tapar las manos. El Mensajero de Allah salla Alah alaihi wa salla dijo: “(Durante el estado de Ihram) La mujer no debe cubrirse la cara –usar niqab- ni usar guantes”. Hadiz transmitido por Bujari. Se puede cubrir la cara (momentáneamente) para evitar miradas inadecuadas, utilizando una parte del “Yilbab” (capa o túnica suelta) o una sombrilla. Aisha radia Allah anha dijo: “Cuando pasaban jinetes estando nosotras acompañadas por el Mensajero de Allah salla Allah alaihi wa sallam y estando nosotros en estado de Ihram, al acercarse a nosotros dejamos caer el borde de la túnica sobre la cara. Una vez se alejaban nos descubríamos”. Transmitido por Abu Dawud. Hadit Sahih. 6.- Si el hombre no encuentra o es incapaz de adquirir una tela (sin costura) para utilizarla como Izar y Rida ni tampoco sandalias, entonces puede vestir lo que encuentre a su alcance. De acuerdo con el hadit del Mensajero de Allah salla Allah alaihi wa sallam dijo: “Si el musulmán no encuentra un Izar entonces que utilice pantalones y si no encuentra sandalias sencillas, que use medias de cuero”. Bujari y Muslim. 7.- Es prohibido para quien se encuentre en estado de Ihram mantener relaciones íntimas conyugales, realizar contratos matrimoniales o pedir a alguien en matrimonio. Como djio el Profeta salla Allah alaihi wa sallam: “Quien se encuentre en estado de Ihram; no puede mantener relaciones conyugales, ni casarse, ni pedir en matrimonio”. Muslim. 8.- Una vez comenzado el estado de Ihram, no es permitido cortarse las uñas, cortar o afeitar el cabello –sin importar el método- de cualquier zona del cuerpo. Como fue citado en el Qu’ran donde Allah subhana wa ta’ala dice: “ Y no os rasuréis vuestras cabezas hasta que el (animal de ) sacrificio se encuentre en el lugar donde debe ser sacrificado” (2:196). 9.- No es permitido –tanto a los hombres como a las mujeres- perfumar las vestimentas o el cuerpo a partir del comienzo del Ihram y los ritos. 10.- Durante este periodo de tiempo, no está permitida la caza de animales terrestres (matándolos mediante cualquier método), ni ayudar a ello señalando su posición a otro cazador, ni repelerlos (para que los cace otra persona). Pero está permitida la pesca marina y comer de ella. Como dice Allah subhana wa ta’ala: “Os está permitida la pesca, y su producto es una provisión –tanto para vosotros como para la caravana (los acompañantes en la peregrinación), pero os está prohibida la caza mientras estéis consagrados a la peregrinación”. (5:96). |
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